jueves. 12.02.2026
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La Justicia declara que Lucio Ángel Cabrejas Santos fue fusilado en 1938 en Santander por su ideología política

El titular de la plaza número uno de Santander declara que fue sometido a un juicio “con exclusión y negación absoluta de cualquier derecho de defensa y fusilado en las tapias del cementerio de Ciriego en una “ejecución masiva contraria a los más elementales derechos humanos”

Cementerio de Ciriego en Santander. R.A.
Cementerio de Ciriego en Santander. R.A.
La Justicia declara que Lucio Ángel Cabrejas Santos fue fusilado en 1938 en Santander por su ideología política

El titular de la plaza número uno del Tribunal de Instancia de Santander ha declarado que Lucio Ángel Cabrejas Santos fue condenado en enero de 1938 y ejecutado en julio del mismo año por su ideología política.

El magistrado atiende la solicitud de la Fiscalía de Memoria Democrática, que promovió un expediente de jurisdicción voluntaria para la declaración judicial sobre hechos pasados.

Según se recoge en el auto dictado por el Tribunal de Instancia de Santander, el segoviano Lucio Ángel Cabrejas Santos, quien pertenecía a la Unión General de Trabajadores (UGT), fue sometido en la plaza de la capital cántabra a un juicio “sumarísimo” a cargo del Consejo de Guerra Permanente número cuatro y fue “injustamente condenado por su ideología política” a la pena de muerte, “con exclusión y negación absoluta de cualquier derecho de defensa”.

Añade la resolución que “no cometió delito alguno” y que “se le sometió a una privación de libertad injusta y a una ejecución masiva contraria a los más elementales derechos humanos”. Además, “su fusilamiento causó un daño irreparable a su esposa e hijos”.

El auto señala que la sentencia que se dictó en el marco de un procedimiento sumarísimo de urgencia “es nula e ilegítima, al haber sido dictada por motivos ideológicos”.

El magistrado recoge así las alegaciones expuestas por el ministerio fiscal, que en su escrito exponía que Lucio Ángel Cabrejas Santos fue detenido en octubre de 1937 e ingresado en la prisión del Colegio Salesianos. Tenía 35 años, estaba casado y tenía dos hijos.

Desde 1925

Señalaba el Ministerio Público que su detención, prisión y enjuiciamiento posterior estuvo motivada por su pertenencia desde 1925 a la UGT.

Además, fue propuesto para gestor en el Ayuntamiento de Castro Urdiales, a lo que se negó, y fue nombrado comisario político y ejerció en el Batallón 103, que estuvo en el frente de Corconte-Renedo.

En octubre de 1937 fue detenido y un mes después la Alcaldía de Castro Urdiales emitió un informe en el que se destacó su militancia de izquierdas y se hizo constar sus declaraciones testificales que indicaban su función de comisario político y referencias a hechos que negó. En enero del año siguiente, fue condenado a la pena de muerte por adhesión a la rebelión y en julio, ejecutado.

De la lectura del procedimiento sumarísimo y tras escuchar los testimonios de los familiares que depusieron en la vista, el magistrado coincide con la Fiscalía y concluye que Lucio Ángel Cabrejas Santos “fue sometido a un juicio injusto sin ninguna garantía de defensa, condenado por su ideología política sin que hubiera cometido delito alguno, y sometido a una privación de libertad y luego a una ejecución masiva contraria a los más elementales derechos humanos, causando un daño irreparable a su mujer e hijos”.

Plazas

La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) “valora de forma positiva” la creación de cuatro plazas judiciales para los Tribunales de Instancia de Santander y Santoña para este año 2026.

Sin embargo, solicita la creación de dos plazas en la Audiencia Provincial dado que la plantilla resulta insuficiente y el aumento de asuntos ha dado lugar a una “ralentización del ritmo de la respuesta judicial cuya superación exige la creación de las plazas interesadas”.

El órgano de gobierno de los jueces en Cantabria hace estas consideraciones en el informe que ha realizado al proyecto de Real Decreto de creación de quinientas unidades judiciales elaborado por el ejecutivo central.

En el mismo, expresa su consideración favorable a que el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes haya atendido sus solicitudes para crear una plaza civil, otra de instrucción y otra social en el Tribunal de Instancia de Santander, así como una plaza más de civil e instrucción en el Tribunal de Instancia de Santoña.

Al tiempo, la Sala de Gobierno pide "que se reconsidere” la decisión de no atender a su petición de crear dos plazas en la Audiencia Provincial de Cantabria, una para las secciones civiles y otra para las penales, ya que, a su juicio, son “absolutamente necesarias”.

El proyecto de Real Decreto contempla 71 nuevas plazas en las distintas audiencias provinciales de España, sin que ninguna de ellas lo sea para la Audiencia de Cantabria a pesar de que el Tribunal Superior considera “urgente” su creación.

Así, en su informe la Sala de Gobierno explica que en las secciones civiles es “difícil mantener la capacidad de respuesta” de sus magistrados, que actualmente supera el 120 por ciento del módulo de dedicación.

Además, advierte de que es “inviable” seguir así pues uno de sus magistrados, el actual presidente de la Audiencia Provincial, ha sido nombrado recientemente presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria y abandonará su trabajo en la Audiencia en próximas fechas.

En el caso de las secciones penales, cada una cuenta solo con tres plazas, sin que existan magistrados suplentes que puedan completar sala cuando se produce una situación de enfermedad o vacante.

Por todo ello, la Sala de Gobierno pide al Ministerio que reconsidere su decisión y tenga en cuenta que a pesar de que todos los integrantes de la Audiencia Provincial superan los módulos de dedicación, la insuficiente plantilla y el aumento de asuntos en los últimos años ha ralentizado la respuesta judicial que se presta en Cantabria.