miércoles. 24.04.2024
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Cabezón de Liébana pretende clausurar la planta de residuos sólidos urbanos en caso de no renovar el convenio con MARE

La Consejería de Desarrollo Rural confirma la legalidad de los trámites y quiere pagar la subvención a la Junta Vecinal de Liébana, propietaria de la parcela donde se ubica la instalación

Ayuntamiento de Cabezón de Liébana. R.A.
Ayuntamiento de Cabezón de Liébana. R.A.
Cabezón de Liébana pretende clausurar la planta de residuos sólidos urbanos en caso de no renovar el convenio con MARE

El Ayuntamiento de Cabezón de Liébana pretende cesar y clausurar la planta de tratamiento de residuos sólidos urbanos, ubicada en una parcela rústica en el municipio, en el caso de no renovar el convenio con la empresa pública Medio Ambiente, Agua, Residuos y Energía de Cantabria (MARE) dependiente del Gobierno regional.

En el Pleno de la Corporación municipal se aprobó iniciar el expediente para extinguir el convenio de colaboración, firmado el día 28 de diciembre de 2012, entre MARE y el Ayuntamiento de Cabezón de Liébana, salvo prorroga o renovación de mutuo acuerdo.

El Consistorio ha dado traslado a la empresa del acuerdo con el fin de que, en el plazo de diez días hábiles, si lo estima, formule las alegaciones que a su derecho convengan y a la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.

En el año 2012 el Ayuntamiento de Cabezón de Liébana se adhirió al convenio de colaboración suscrito el 26 de octubre de 2006 entre la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y la Federación de Municipios de Cantabria, para la prestación de determinados servicios de gestión, recogida y transporte de los residuos sólidos urbanos, encargada por el Gobierno de Cantabria a la empresa pública MARE.

Por este acuerdo y en compensación por soportar una planta de tratamiento de residuos de la comarca recibió, en un principio, 54.000 euros, que subió a 55.900 en 2021.

MARE comunicó el día 5 de enero de 2022 al Ayuntamiento de Cabezón de Liébana que el convenio de colaboración de 28 de diciembre de 2012 finalizó el día 2 de octubre de 2020, aunque ingresó a favor del municipio la anualidad de 2021, para evitar un enriquecimiento injusto de la empresa pública y admitió que ha continuado utilizando las instalaciones de depósito, tratamiento y transporte de residuos durante ese año.

MARE también hace referencia a la ocupación de la finca perteneciente a la Junta Vecinal de Liébana, de donde el Consistorio deduce que pretende suprimir las ayudas y subvenciones al Ayuntamiento de Cabezón de Liébana por la tenencia dentro del municipio de la planta de transferencia de residuos a pesar de que continuará en su actividad y, en su lugar, abonar un canon a la Junta Vecinal de Cabezón de Liébana por la ocupación de sus terrenos.

Obviamente la cantidad que Mare abona anualmente al municipio por los perjuicios y la tenencia dentro del término municipal de la planta de transferencia de residuos en absoluto puede relacionarse con el canon que tiene que abonar por la ocupación de una finca rústica de más de 100.000 metros cuadrados,  valorado el suelo fiscalmente en 370,16 euros  y de los cuales MARE ha construido 61 metros cuadrados y utiliza realmente muy pocos, explican desde la Alcaldía.

Si la empresa pública quiere abonar a la Junta Vecinal de Cabezón de Liébana los 55.900 euros en concepto de canon por la concesión del terreno que ocupa es lógico pensar que se daría, presuntamente, un presunto delito de malversación de fondos públicos y prevaricación, puesto que ese importe es estratosférico en relación con el valor de mercado de la porción de finca que ocupa MARE, argumenta el ayuntamiento de Cabezón de Liébana.

Al fin de conocer esta realidad, el Consistorio requirió respuestas a MARE y que facilitara copia de los expedientes administrativos sobre convenios semejantes iniciados, en trámite, o conclusos, que existan con los otros municipios afectados de la región donde existan vertederos y plantas de residuos.

Sin respuestas ni documentación de MARE, el alcalde, Jesús Fuente (PP) mantuvo una reunión con los directivos de la empresa. “Según manifiestan verbalmente la Dirección de la sociedad, no por escrito, pretenden suprimir las ayudas y subvenciones al Ayuntamiento de Cabezón de Liébana, pero continuar con la actividad de la planta de depósitos, tratamiento y transferencia de los residuos de toda la comarca”, comentó el regidor municipal.

El Ayuntamiento incide en que se incumple el convenio de día 28 de diciembre de 2012, por los perjuicios que causa la planta en el territorio municipal durante el tiempo de vida de las instalaciones.

“MARE pretende ese enriquecimiento injusto, continuando en el futuro con su actividad contaminante y perjudicial, sin compensación alguna. Su comunicación del día 5 de enero de 2022 da por extinguido el convenio del día 2 de octubre de 2020 y así, dice, ya no tiene que compensar el municipio anualmente por los perjuicios que le causa. Pero sin embargo continúa haciendo uso de la planta de depósito, tratamiento y transferencia de basuras”, comentó Jesús Fuente.

El edil del PRC, José Redondo Duque, informó que ha mantenido una conversación con el consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, Guillermo Blanco, quien ha confirmado que los trámites efectuados son legales, están supervisados por los técnicos jurídicos y están haciendo las gestiones necesarias para proceder al abono de la cantidad estipulada a la Junta Vecinal de Cabezón de Liébana.

Por otro lado, el concejal regionalista indicó que en el año 2020 se debería de haber renovado el convenio, algo que no se hizo, por lo que criticó de dejadez y desidia al equipo de Gobierno municipal del PP.

En su intervención, el alcalde manifestó que mantuvo negociaciones con MARE, pero se rompieron por parte la empresa al entender que el Ayuntamiento no es el propietario de los terrenos. “Lo que pretenden es modificar el convenio, cuando el canon se abona por la tenencia dentro del término municipal de dicha actividad, no por el alquiler de los terrenos”, subrayó.

José Redondo Duque comprendió que se abone un canon a la Junta Vecinal por el arrendamiento del terreno, pero considera que el Ayuntamiento debería continuar negociando con MARE para que, paralelamente, abone un canon municipal por el concepto de tenencia de la actividad.

Historia

La orden del día 18 de marzo de 1991 de la Consejería de Ecología, Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno de Cantabria estableció el marco jurídico en que debe desarrollarse la actividad dispensadora de ayudas y subvenciones a distintos ayuntamientos de la Comunidad por la ubicación de vertederos controlados, hornos autoincineradores, plantas de transferencia de residuos sólidos urbanos y otros.

Después,  se aprobó la Ley 8/93, de 18 de diciembre, del Plan de Residuos Sólidos Urbanos de Cantabria, que identifica los municipios afectados y declaró servicio público de titularidad autonómica, por su carácter supramunicipal, ciertas actividades de gestión de los residuos urbanos generados en la Comunidad Autónoma.

Desde entonces el Gobierno de Cantabria, con cargo a los presupuestos generales de cada año, ha subvencionando a tales municipios por la ubicación de esas instalaciones, sin contraprestación, teniendo como finalidad colaborar económicamente con los Ayuntamientos que ubiquen estas instalaciones con carácter anual y periódico, mientras que los Ayuntamientos dejarán de percibir la subvención en el momento en que se clausuren o queden fuera de servicio las instalaciones cuya ubicación se subvenciona.

Entre los municipios afectados por la tenencia en su territorio de un horno autoincinerador, transformado en 1996 como planta de transferencia, se encuentra Cabezón de Liébana, que todos los años ha percibido esas ayudas o subvenciones sin contraprestación, para combatir y contrarrestar los perjuicios que la ubicación de este tipo de instalaciones genera en su término y población.

Los perjuicios que causa al Ayuntamiento de Cabezón de Liébana la tenencia en su término de la planta de transferencia, es evidente, dado el trasiego, transporte y depósitos de todos los residuos sólidos urbanos procedentes de los municipios de Pesaguero, Vega de Liébana, Cabezón de Liébana, Potes, Camaleño y Cillorigo de Liébana, comentan desde la Alcaldía.

El municipio sufre maquinaria pesada y transportes de gran tonelaje que circulan diariamente por el municipio, con las basuras y residuos sólidos urbanos procedentes de otros municipios, lo cual genera un perjuicio, molestias y contaminación ambiental de todo tipo a su población, pues el trasiego, depósito y tratamiento, además de romper y dañar las carreteras municipales no preparadas para los esfuerzos y los requerimientos de los transportes de MARE, menoscaban el estado y mantenimiento viario, algunos con riesgos para los usuarios dadas las graves deficiencias que padecen, insisten desde el Ayuntamiento.

“La población sufre incomodidades, ruidos, humos, gases, olores, nieblas, polvos en suspensión o trasiego y transportes pesados de sustancias contaminantes”, matizan. Es importante también citar que el Ayuntamiento de Cabezón de Liébana, en justa correspondencia a las subvenciones otorgadas, ha venido eximiendo al Gobierno de Cantabria del pago de tasas y otros impuestos por su actividad e instalaciones.