Una sentencia reconoce el derecho de paternidad a un Policía Local y el Ayuntamiento de Santander le indemnizará con 3.000 euros

Ayuntamiento de Santander. R.A.

El servicio jurídico de CSIF Cantabria gana un juicio de conciliación al Consistorio

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número tres de Santander ha condenado al Ayuntamiento de Santander a reconocer el derecho al permiso de paternidad de un policía local al que, además, deberá indemnizar con 3.000 euros por rechazar la solicitud que el trabajador municipal había cursado en noviembre de 2022.

El servicio jurídico de Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) Cantabria ha logrado una sentencia favorable.

El recurrente, un Policía Local del Ayuntamiento de Santander, solicitó el disfrute del permiso de paternidad en forma y plazo atendiendo a las condiciones especiales de su horario laboral.

Dicha solicitud, según el CSIF, fue rechazada alegando que “en atención a las disposiciones recogidas en la vigente instrucción de personal de fecha 21 de octubre de 2022 de disfrute del permiso de maternidad y paternidad de manera interrumpida, una vez cumplida la semana del 1 a 7 de mayo  de  2023, le  quedaría  un  saldo  positivo  de  42,5  horas.  Por  lo  tanto,  constando  las posteriores interesadas, 12 al 18 de junio, 3 al 9 de julio, 24 a 30 de julio, 14 a 20 de agosto y 4 a 10 de septiembre de 2023, con una jornada de 71,5 horas de trabajo, no se puede acceder a lo solicitado, pudiendo con el saldo indicado solicitar una semana de las denominadas cortas”.

Tras esta respuesta, el agente interpuso un recurso contencioso en el que ahora la justicia le da la razón al reconocer su “derecho a disfrutar del periodo pendiente”, que estima en 28 días.

La sentencia,  contra  la  que  cabe  recurso de  apelación,  anula  la  resolución  recurrida  por  el trabajador ya que, según la jueza, “lo que reclamaba el solicitante se ajusta a los requisitos contemplados en la norma”, por lo que “no resulta aplicable la instrucción que invoca el Ayuntamiento”  por  diferentes  razones:  primero,  porque  “se  dicta  con  posterioridad  al nacimiento del hijo”, y, segundo, por “introducir requisitos que no se contemplan” en la Ley.

Seguridad Social

En este sentido, recuerda que “no se introducen condicionantes, excepciones o limitaciones en los casos de jornadas especiales, por lo que el ayuntamiento no puede introducirlas”. Además, establece una indemnización de 3.000 euros "por los daños causados al no poder solicitar a la Seguridad  Social  la  prestación  de  dicho  permiso  por  periodo  de  28  días,  estando  exenta fiscalmente dicha prestación".

El Consistorio santanderino tendrá que hacerse cargo de las costas que limita “en la cantidad de 800 euros” por todos los conceptos regulables.

Según ha explicado la sección sindical de CSIF en el Ayuntamiento de Santander, la justicia ha fallado en favor de los trabajadores, ya que el disfrute del permiso de paternidad es un derecho de todos los trabajadores y es fundamental para poder conciliar la vida familiar.

Por ello “valoramos muy positivamente” la resolución de este caso, aunque todo esto se podría haber evitado de haber hecho caso al escrito que, en este sentido, el sindicato presentó en 2022 para  revocar  una  instrucción  del  Ayuntamiento  con  el  fin  de  evitar  "un  aluvión  de procedimientos judiciales con el coste que ello conlleva", declaró.