jueves. 28.03.2024
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La Justicia reconoce la enfermedad profesional a un enfermero del Hospital Tres Mares de baja por la covid-19

“La calificación de la covid-19 como enfermedad profesional dota de más garantías a los trabajadores que si se califica como accidente”, indica la delegada de CCOO en el Tres Mares, María José Barrio

Hospital Tres Mares, en Campoo.
Hospital Tres Mares, en Campoo.
La Justicia reconoce la enfermedad profesional a un enfermero del Hospital Tres Mares de baja por la covid-19

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha reconocido la enfermedad profesional a un enfermero del Hospital Tres Mares, en Reinosa, que estuvo de baja por contraer la covid-19 durante los primeros días de la pandemia, desde el día 2 de abril hasta el 6 de mayo de 2020. El fallo ha dado la razón a la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO en Cantabria.

La sentencia, que confirma en su totalidad una anterior del Juzgado número tres de Santander de diciembre de 2021, destaca que, en este caso, “concurren los tres requisitos para reconocer la covid-19 como enfermedad profesional”.

Exposición en el trabajo

Estos tres requisitos pasan, como recoge la sentencia, por “ser una enfermedad recogida en el listado de enfermedades profesionales, el riesgo probado de exposición durante el trabajo al agente biológico que produce la enfermedad y tratarse de una profesión en la que se está expuesto al riesgo”.

La delegada de CCOO en el Hospital Tres Mares, María José Barrio, ha precisado que esta sentencia es “un logro de la asesoría jurídica de CCOO y del trabajador y abre camino al resto de profesionales en esta situación” porque “la calificación de la covid-19 como enfermedad profesional dota de más garantías a los trabajadores que si se califica como accidente”.

En este sentido, y como recoge la sentencia, “la calificación de enfermedad profesional resulta relevante a los efectos del cumplimiento de las obligaciones de vigilancia periódica, adaptaciones del puesto de trabajo o nivel de protección sobre el trabajador”.

En cambio, en el caso de los accidentes de trabajo, “solo está cubierto durante cinco años frente a una cobertura durante toda la vida del trabajador en caso de enfermedad profesional, que podría incluir secuelas u otras enfermedades que la covid-19 pudiera producir”, incluye el documento.

“Es lamentable que los trabajadores sanitarios, después de lo que han padecido durante la pandemia, tengan que pelear contra las mutuas y la Seguridad Social en procesos costosos y largos para el reconocimiento de derechos que deberían ser esenciales”, ha concluido Barrio.