sábado. 07.12.2024
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La Justicia validó el calendario laboral del sindicato Unitario de Cantabria y la empresa Deva Azvase

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ratifica la sentencia del Juzgado de lo Social número cinco de Santander

Juzgados de Santander. R.A.
Juzgados de Santander. R.A.
La Justicia validó el calendario laboral del sindicato Unitario de Cantabria y la empresa Deva Azvase

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ratifica la sentencia del Juzgado de lo Social número cinco de Santander que validó el calendario laboral firmado por el Sindicato Unitario de Cantabria y la Unión Temporal de Empresas Deva Azvase SL frente al sindicato Comisiones Obreras (CCOO) que denunció dicho calendario en contra de la voluntad de la plantilla. 

La empresa cuenta con una plantilla de 110 auxiliares de atención domiciliaria que desarrollan su trabajo en municipios como Camargo, Astillero, Soto de la Marina, Marina de Cudeyo, Vega de Las, Puente Viesgo , Santa Maria de Cayon y Medio Cudeyo entre otros. El Comité de Empresa está formado por ocho representantes del Sindicato Unitario y uno de CCOO.

El sindicato CCOO en contra de la voluntad mayoritaria de las trabajadoras de la empresa denunció el calendario firmado por el Sindicato Unitario, consistente en seis días de trabajo y tres de descanso, alegando que no se cumplía el convenio colectivo del sector por falta de negociación, por no respetar el descanso semanal, no descansar un domingo cada cuatro y no tener calendario el personal que cubre vacaciones y suplencias. 

El juez de la sala de lo Social determinó en su punto cuarto que sí existió negociación  entre el Comité y la empresa según consta en las pruebas documentales así como en las testificales. Respecto al descanso semanal y descanso de los domingos la propia representación de CCOO fue incapaz de concretar las infracciones alegadas motivo por el cual ya procedería desestimar la demanda sin más preámbulos según el Magistrado de lo Social número cinco.

También esgrime el sindicato demandante CCOO que el personal que cubre vacaciones y suplencias no tiene calendario laboral. Pues bien, tal y como expuso la empresa no es que este personal no tenga calendario, es que tiene el calendario laboral del personal que sustituye. 

Como corolario de todo lo anterior el magistrado destaca que la inmensa mayoría de la plantilla superando el 95 por ciento está satisfecha con el acuerdo finalmente alcanzado pues partió del propio Comité de Empresa este sistema, seis días trabajados y tres de descanso, y tiene más ventajas para los trabajadores. 

Desde el Sindicato Unitario de Cantabria se quiere destacar las malas artes del sindicato CCOO que mientras en empresas como empresa denuncian el calendario laboral de seis días de trabajo y tres de descanso, en otras empresas de Cantabria con el mismo convenio colectivo están exigiendo este mismo calendario que el Sindicato Unitario ha defendido en los juzgados. “Además, de manera especial que el sindicato CCOO ha pleiteado en contra de la voluntad y perjudicando los intereses de la práctica totalidad de la plantilla de la empresa”, aseguran.