sábado. 20.04.2024
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Molledo impone tres compromisos para ocupar los terrenos en el Monte Canales y Redondo por el parque eólico El Escudo

El PRC pide descuentos en el suministro eléctrico, dinero para ampliar el Centro Cultural y acometer infraestructuras y contratar trabajadores del municipio

Municipio de Molledo. R.A.
Municipio de Molledo. R.A.
Molledo impone tres compromisos para ocupar los terrenos en el Monte Canales y Redondo por el parque eólico El Escudo

Molledo impone tres compromisos a la empresa Biocantaber para la concesión administrativa de la ocupación de los terrenos en el Monte Canales y Redondo, por razón de interés público, con destino al parque eólico El Escudo.

En el Pleno de la Corporación, el Grupo municipal del PRC votó a favor, mientras que el PSOE y PP se posicionaron en contra.

La primera hace referencia a  estipular un descuento del 100 por 100 de la energía consumida por los beneficiarios, vecinos residentes, autónomos, pequeños empresarios y Administraciones Locales, con contratos CUPS eléctricos 2.0 y 3.0, de manera que el usuario final dispondrá de un precio del término de energía de 0,086 euros kilowatio por hora, lo que supone una rebaja estimada media del 60 por 100 del importe total de los recibos de suministro de energía eléctrica.

Por otro lado y tras la reciente adquisición realizada por el Ayuntamiento de Molledo de un inmueble destinado a la ampliación del Centro Cultural y el deplorable estado de conservación que presenta, es preciso acometer obras de rehabilitación. Por este motivo, la empresa promotora del parque eólico se compromete a aportar una cantidad de 45.000 euros para este fin.

Durante los años de vigencia del parque eólico la empresa biocantaber aportará al Ayuntamiento de Molledo 60.000 euros para destinar a mantenimiento de infraestructuras municipales o actividades de carácter social y cultural.

Además, en la fase de construcción del parque eólico, en la que será necesaria la participación de un amplio número de trabajadores de diversos oficios, Biocantaber se compromete a instar a las empresas que contrate mano de obra y medios auxiliares de este término municipal, dentro de las lógicas limitaciones de negociación entre la propiedad y los subcontratistas, en un porcentaje mínimo del 25 por 100 de los empleos que se creen.

“Para ello estas empresas o mano de obra deberán estar cualificadas para desempeñarlas labores requeridas y ofrecer precios de mercado competitivos y si Biocantaber no acepta los tres condicionados de este acuerdo quedará sin efecto la autorización de concesión administrativa”, comentó la regidora municipal.

La Dirección General de Biodiversidad, en fecha 30 de diciembre de 2022, ha informado que en relación con el expediente, la empresa pagará un canon anual de 31.100 euros por la plataforma, cimentación, viales de comunicación, zanjas eléctricas soterradas, con una superficie de 91,631 metros cuadrados. Además, establece una valoración de 1.987 euros por la ocupación temporal de 10.915 metros cuadrados.

El portavoz del Grupo Municipal Popular, Damaso Tezanos, señaló que estas cantidades son insuficientes. “Por parte de la Consejería se está intermediando, de lo que podría llamarse, de forma coactiva en favor de Biocantaber. Sorprende que Administración regional, obligada a proteger el interés general, en ese caso Ayuntamiento de Molledo, tramita y fije precios de ocupación de un terreno propiedad del Consistorio, en un monte de utilidad pública.

Para la portavoz del Grupo Municipal Socialista, María Florinda Ceballos, manifestó que también está disconforme porque el Ayuntamiento de Molledo votó dos veces en contra de los parques eólicos para el municipio, como también lo han hecho otras Juntas Vecinales.

El PSOE recordó la solicitud de Declaración de Zona de Exclusión Eólica del Pleno del Ayuntamiento de Molledo que votó, por dos veces, en contra de la instalación de polígonos eólicos en septiembre y octubre de 2021.

También, indicó la oposición de la Junta Vecinal de San Martín de Quevedo, el Ayuntamiento de Campoo de Yuso, la Fundación Naturaleza y Hombre y la Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria, ya que ocasiona impactos sobre la población derivados de la pérdida de calidad y carácter originales del paisaje, que reducirán la capacidad del territorio para el turismo rural y otras actividades económicas asociadas.

Al mismo tiempo, en su opinión se ha infringido la Ley 33/2003, del día 3 de noviembre de Patrimonio de las Administraciones Públicas por no mencionarse durante qué período se otorgará la concesión, lo cual constituye un motivo de nulidad del procedimiento.

En cuanto al proyecto constructivo y ocupación del terreno, resulta imposible técnica, jurídica y materialmente definir el espacio del monte que se quiere ocupar al carecer de un estudio geotécnico y no existe fecha actual del proyecto definitivo de la obra, “lo cual resulta un motivo más de nulidad en el procedimiento en la concesión administrativa”, señaló.

Incendios

A todo ello añade la prohibición de un proyecto eólico en terrenos incendiados en los últimos 30 años, tal y como recoge el Artículo 50 de la Ley 43/2003 de Montes. “En este sentido la construcción en El Escudo destruye la cubierta natural de matorral, bosque y pasto, lo que supone transformar radicalmente la realidad física del terreno y por tanto el cambio de uso de forestal y ganadera a industrial”, comentó el edil socialista.

Respecto a los manantiales y humedales supone un riesgo moderado de contaminación e interrupción de cauces de agua, sin que la empresa promotora haya inventariado ni uno de los abundantes manantiales existentes en la zona y realizado un inventario de gran parte de los cauces de agua afectados. Para María Florinda Ceballos los movimientos de tierra impactan en las laderas y evacuación de aguas superficiales y subterráneas y afectan a la Masa de Agua Subterránea Puerto de El Escudo.

En lo que concierne al impacto sobre el territorio se producirán el visual, paisaje, el suelo, la población, ambientales y sonoro que competirá con los campanos de La Vijanera y deberá contar con un estudio sobre corredores eléctricos existentes debido a que se puede superar la capacidad de cargar en términos energéticos.

Para finalizar, la propuesta de valoración económica presentada por la empresa en la solicitud de concesión no está desglosada ni detallada y no aparece fórmula de revisión de precios, además de tener escasa incidencia económica en el presupuesto municipal el canon concesional que se propone.

La alcaldesa, en su intervención, explicó que si bien el Grupo Municipal Regionalista votó en contra en dos ocasiones de la instalación de parques eólicos en el municipio, el de Escudo se ha tramitado siguiendo todas las exigencias legales y, a pesar de la oposición de la Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria y otras entidades, es una realidad.

Asimismo, cuenta con Declaración de Impacto Ambiental por Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico de fecha 14 de mayo de 2021 y autorización Administrativa Previa por Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico de 11 de mayo de 2022.

Por último, argumentó que las instalaciones del parque eólico destinadas a la producción de la energía eléctrica son de interés público y que prevalecerá en todo caso la decisión del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Cantabria, de tal forma que el hecho de que una entidad propietaria se oponga no es razón suficiente para que el proyecto no se lleve a cabo.